Buscar este blog

Archivo del blog

REGISTRO CIVIL: EL PERSONAL SANITARIO INSCRIBIRÁ A LOS RECIÉN NACIDOS.


No será necesario desplazarse hasta los Registros Civiles para registrar los nacimientos y defunciones.

El personal sanitario de los hospitales será el encargado de inscribir a los recién nacidos en el Registro Civil a partir del próximo 15 de octubre y remitirá los datos a través de vía electrónica desde los centros médicos, según especifica una enmienda a la ley que regula el Registro Civil, que actualmente está en trámite parlamentario.
 
Este nuevo sistema para registrar a los recién nacidos sustituirá a la obligación de desplazarse hasta  los Registros Civiles que deben efectuar hasta el momento los padres en los días posteriores al nacimiento para inscribir a sus hijos en el Libro de Familia.
La dirección de los hospitales tendrá que comunicar los nacimientos al Registro Civil que corresponda en un plazo de 72 horas. El personal sanitario tendrá la responsabilidad de identificar al recién nacido y comprobar su filiación materna.
Además, tomará las huellas plantares del bebé y las dactilares de la madre. La realización de estas pruebas tendrá que constar en la inscripción y acompañará al formulario oficial que se remitirá de forma electrónica e irá firmado por los padres e incluirá el nombre del niño y su nacionalidad. El facultativo que asista al parto incorporará el parte del nacimiento acompañado de firma electrónica.