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VACACIONES DE FUNCIONARIOS INTERINOS EN ÁMBITO MINISTERIO


A continuación ponemos el enlace al escrito que se ha enviado desde la Subdirección General de Medios Personales del Ministerio de Justicia, en relación con el disfrute de las vacaciones de los funcionarios interinos.

Los funcionarios interinos podrán solicitar más días de los que hayan generado a fecha de la solicitud, siempre dentro del límite de 22 días hábiles por año completo de servicio (o la parte proporcional que corresponda si el tiempo de servicios efectivos prestados durante el año fuera inferior al año). Recuerden que son 1,83 días de vacaciones por mes trabajado.

La aplicación informática avisa de los días que se han generado, y que en teoría se pueden disfrutar a fecha de la solicitud,  pero el Secretario Judicial podrá dar el visto bueno para que se puedan disfrutar de más días de los generados. En último término será Gerencia quien autorice o deniegue esos días solicitados.

Obviamente, si disfrutamos más días de los que se hayan generado, a medida que avance el año esos días de más que ya hemos disfrutado la propia aplicación los va descontando automáticamente.

Lo mismo ocurre con los días de asuntos propios. Recuerden que este año 2015, los días de asuntos propios son 5 días más uno más porque hay un festivo nacional (el 15 de agosto) que cae en sábado; en total son 6 días de asuntos propiose en el año 2015.