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DEVOLUCIÓN DE PARTE DE LA PAGA EXTRA.


Desde el Ministerio nos han confirmado que será en el mes de enero cuando cobremos el 24,04 % de paga extra (los 44 días de paga que ya se habían devengado), o la parte proporcional de lo que se hubiera devengado. 

Esto es para aquellos compañeros que no lo han tenido que solicitar (los que no se han cambiado de ámbito territorial desde el año 2012 hasta ahora, y siguen en servicio activo). 
Aquellos otros compañeros que han tenido que solicitar la devolución de la paga (jubilados, cesados, los que se han cambiado de ámbito territorial por concurso de traslados, etc) el abono se retrasará.

Es importante saber que esta cantidad se considera rendimiento del trabajo correspondiente al año 2015, por lo que no habrá que hacer declaración complementaria.