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A TODOS LOS FUNCIONARIOS CON UNA SENTENCIA DESESTIMATORIA DEL PAGO DE TRIENIOS ANTERIORES AL EBEP.



STAJ en Cataluña inició una nueva vía para todos aquellos afiliados a los que en su momento les dictaron "sentencia desestimatoria"  en la reclamación del pago de los trienios anteriores al reconocimiento de los mismos en el EBEP. En esa nueva vía se solicitaba la revocación del acto administrativo que denegaba el derecho a percibir los trienios.

A día de hoy ya se ha pronunciado el TSJ de Cataluña, dictando 3 sentencias en las que reconocen este derecho y obligan a la Administración a revocar dicho acto, reconociendo el derecho a percibir los trienios.
Ya sabéis que las primeras sentencias fueron desestimatorias e incluso algunas condenaban en costas, lo que hizo que varios compañeros tuvieran que desistir.

Ante esta desigualdad que hizo que frente a la misma petición unos cobraran y otros no, además de la denuncia que interpuso STAJ ante la Comisión  de la Comunidad Económica Europea, por la incorrecta transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva de la CEE, de la que todavía no hay resolución definitiva, seguíamos dando vueltas intentando remediar esta situación injusta.

En vista de que ya hay pronunciamiento de un TSJ, vamos a iniciar la vía en el ámbito del Ministerio, por lo que todos los afiliados que en su día les dictaron SENTENCIA DESESTIMATORIA (O AUTO en el supuesto de la extensión de efectos) se pueden poner en contacto con el sindicato para poder hacer un listado e informaros detalladamente de todo.

Para poder iniciar esta vía es necesario aportar:

- la 1ª solicitud se petición de los trienios.
- La contestación del Ministerio, salvo que se hubiera producido silencio administrativo
- La SENTENCIA DESESTIMATORIA

Por favor, si sabéis de algún compañero/a que este en este supuesto, comentárselo. No nos gustaría que ninguno de nuestros afiliados no pudiera hacerlo por no haberse enterado.