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RECUPERACIÓN DEL QUINTO DÍA DE ASUNTOS PROPIOS.



Publicada en el BOE de 17 de septiembre la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

BOE DEL 17 DE SEPTIEMBRE


Esta ley entra en vigor el día siguiente de su publicación en BOE y en consecuencia el 5º día de asuntos propios es aplicable directamente a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia a partir de mañana.

Por tanto, ¿cómo quedan los días de permiso por asuntos propios a partir de mañana?



El artículo 503 LPOJ señala que los funcionarios de Justicia tenemos los mismos días de asuntos propios que los funcionarios de la Administración General del Estado (AGE).

Si acudimos al EBEP, que es la norma que regula a los funcionarios de AGE, en su artículo 48.1.K señala que los días de asuntos propios son 5 días (con la modificación introducida en el BOE de hoy 17 de septiembre). Por lo tanto tenemos 5 días de asuntos propios porque así lo dice la LOPJ que nos remite al EBEP.


Además, y tal como establece la Resolución de 28 de diciembre del 2012, cuando a lo largo del año, algún festivo de carácter nacional, (no valen los festivos locales ni autonómicos, deben ser festivo nacionales) caiga en sábado, se generará otro día adicional de asuntos propios.

Señalar que en el caso de que sean 2 ó más festivos los que caigan en sábado, sólo se genera un único día adicional de asuntos propios. Esto es así en ámbito Ministerio, pero hay ámbitos en los que sí se genera un día por cada festivo que caiga en sábado.


Esta circunstancia es la que concurre este año 2014, con los días 1 de noviembre y 6 de diciembre, por lo tanto este año tenemos 6 días de asuntos propios (5 porque lo dice la LOPJ, y uno más porque hay un festivo nacional que cae en sábado), total 6 días de asuntos propios.

Importante tener en cuenta que tanto los días de asuntos propios como las vacaciones se pueden disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente (esto es una novedad introducida este año 2014).